La expresión
"responsabilidad" merece de por sí un análisis, porque en el sentido amplio se
emplea como algo que implica en sí misma la culpabilidad de una persona; así,
lo normal es decir que un individuo es responsable de un hecho cuando ese hecho
le es imputable, es decir, cuando ha realizado ese hecho con suficiente
voluntad y discernimiento.
Es este precisamente el
sentido que se le da a la expresión "responsabilidad" en el derecho
penal (también se le da esta acepción en la moral).
En el derecho civil la
situación es distinta, porque esta expresión no es definida por su fundamento,
sino por el resultado de ella y al hablar de resultado nos estamos refiriendo a
las consecuencias jurídicas que un hecho produce para su autor. En ese sentido
se dice que una persona es responsable cuando está obligada a indemnizar el
daño que ha causado.
Es decir, en el derecho civil
hay responsabilidad cada vez que una persona tiene que reparar el perjuicio que
otra persona ha sufrido. Por eso es que en derecho civil se define la
responsabilidad como "la obligación que pesa sobre una persona de
indemnizar el daño sufrido por otra".
La responsabilidad civil puede
emanar de distintas causas, dicho de otro modo, varias pueden ser las fuentes
de la responsabilidad civil. Así, tenemos que son fuentes de la responsabilidad
civil:
1. - El contrato, originando la infracción de las
estipulaciones contractuales (responsabilidad contractual).
2. - El delito y el cuasidelito civil, que originan la
responsabilidad delictual y cuasicontractual o aquiliana.
3. - Por último, también es fuente de responsabilidad civil
la ley, la cual origina la responsabilidad legal.